Estepona al día
 Periódico Digital
 
Secciones
LOCAL
COSTA DEL SOL
MÁLAGA
MÁLAGA PROVINCIA
INTERNACIONAL
EDITORIAL
ECONOMÍA
EAD
MOCIONES IU MOCION MUNICIPAL
BUZÓN DEL CIUDADAN@
CULTURA
DEPORTES
ALTERNATIVAS
ENTREVISTA
NOVEDAD EDITORIAL
CATALUÑA
MEMORIA HISTÓRICA
ANDALUCÍA
NACIONAL
ÚLTIMA HORA
EUROPA
POLÍTICA
METEREOLOGÍA
TURISMO
OPINIÓN
MEDIOAMBIENTE
Hemeroteca
Introduzca palabras clave:

Buzón del Lector
Foro


Sección \  local
 INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA MODIFICACIÓN DE ELEMENTOS DEL PGOU PARA SUPRIMIR EL COBRO DE LOS APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS EN CASCO URBANO

El BOP ha publicado la aprobación inicial de la modificación puntural de elementos del PGOU referidos al área de reparto SU-R7 “Núcleo Central” y SU-R7 “Paseo Marítimo”
El Ayuntamiento de Estepona, a través de la delegación municipal de Urbanismo, informa que el Boletín Oficial de la provincia publica hoy la aprobación inicial de la modificación puntual de elementos del PGOU, que data de 1994, referido a las áreas de reparto SU-R4 “Paseo Marítimo” y SU-R7 “Núcleo Central”, que fueron aprobadas por el pleno el pasado 27 de noviembre, a la vez que se someten a información pública durante un mes, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, para que pueda ser examinado en la oficina de Urbanismo, situada en Avenida España, n.º 65, edificio Puertosol, y presentar las alegaciones procedentes.

Respecto al Casco Urbano, la modificación tiene por objeto eliminar el área de reparto para suelo urbano consolidado comprendido en el ámbito del área de reparto SU-R7 denominado “Núcleo Central”, que establece un ámbito de 241.139,20 metros cuadrados.

El ámbito de este área estaba integrado por suelo sistemático y asistemático, y se han ido desarrollando a lo largo del tiempo, conformando en la actualidad una única zona de suelo urbano asistemático, es decir, que los terrenos han adquirido la categoría de urbano consolidado, siéndole, por tanto, de aplicación, el régimen jurídico establecido en el artículo 56 LOUA, que establece la inexistencia de obligaciones de cesión de suelo y de aprovechamiento urbanístico. Así, al haber adquirido los terrenos que integran el ámbito del área de reparto la categoría de suelo urbano consolidado, en aplicación de la LOUA sólo sería exigible la cesión del suelo estrictamente necesario para que la parcela quede urbanizada en las condiciones impuestas por la ordenación urbanística.

El interés público y la conveniencia de tal modificación, que será sometida al pleno del próximo viernes 19 para su aprobación provisional, “están justificados ante la imposibilidad del correcto desarrollo de los solares ante los excesos de adjudicación que se producen y que, en algunos casos, superan el 55% del aprovechamiento objetivo, por lo que esta modificación supone una mejora para el bienestar de la población, ya que se reactivará la concesión de licencias, y se funda en el mejor cumplimiento de los principios y fines de la actividad pública urbanística y de las reglas y estándares de ordenación regulados en la LOUA”.

Además, “los permisos de obra que se conceden tras la aprobación del Plan Especial de Protección y Mejora del Caso Urbano posibilitan que los vecinos no tengan que pagar cargas urbanísticas por realizar reformas en sus viviendas. En algunos casos, las cargas urbanísticas suponían un gasto superior al de la licencia de obra”.08.03.2010

 
volver | imprimir
Producido por Neoinnova© | contacto: info@neoinnova.com